SANIDAD DEJA DE EMITIR NUEVAS TARJETAS DE ASISTENCIA A INMIGRANTES EN SITUACIÓN IRREGULAR

Esto quiere decir que no se reconoce el derecho a la asistencia a nuevos usuarios en esa situación, no que se deje de reconocer a los que ya lo estaban.

La medida viene recogida en una instrucción interna del Servicio Cántabro de Salud (SCS), a la que ha tenido acceso Europa Press, de carácter transitorio hasta que se desarrolle el reglamento del decreto aprobado el pasado mes de abril por el Ministerio de Sanidad, el denominado de ‘Medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones’

Ese decreto recogía medidas para el sistema sanitario, que iban desde el copago hasta las compras centralizadas, y también dejaba sin efecto uno del año 1989 sobre asistencia a personas sin recursos, con medidas para inmigrantes en situación irregular, entre otros.

En la instrucción, el SCS recoge los colectivos no asegurados que deberán solicitar la asistencia sanitaria.

En el sistema sanitario español, el acceso a la asistencia es a través de las cotizaciones a la seguridad social, y si no, se entra en la categoría de personas sin recursos.

Los colectivos y personas que Sanidad establece que deberán hacer solicitudes de asistencia son las personas con nacionalidad española, a las personas con nacionalidad de algún estado miembro de la Unión Europea o de Suiza, y a los extranjeros no comunitarios titulares de una autorización para residir en territorio español.

También contempla que se recojan solicitudes de asistencia de colectivos específicos: extranjeros menores de 18 años, y mujeres extranjeras, para los casos de asistencia sanitaria en embarazo, parto y postparto.

Quienes no figuran en esa lista son los extranjeros que no tengan regularizada su situación, a los que se deja de reconocer el derecho si lo solicitan a partir de ahora.

EL DECRETO

El decreto del Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales se aprobó con la intención de ahorrar un total de 7.267 millones de euros, a través de distintas medidas, como centrales de compras, el copago farmacéutico y cambios en la asistencia.

En base al decreto, todos los inmigrantes en situación irregular en España se quedarán sin tarjeta sanitaria el próximo 31 de agosto, cuando sólo accederán a la atención de urgencias, a no ser que acrediten la condición de asegurados, según establece el Real-Decreto sobre medidas para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, que publica este martes el BOE.

A partir de ese momento las tarjetas sanitarias obtenidas por inmigrantes en situación irregular empadronados en España quedarán anuladas, por lo que tanto los inmigrantes cuya tarjeta sanitaria haya sido obtenida cuando no tenían permiso de residencia como los europeos que no estén inscritos en el Registro Central de Extranjeros deberán regularizar su situación antes de que acabe agosto.

En todo caso, el decreto fija que cualquier inmigrante, al margen de su situación administrativa, tendrá acceso a atención «de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica».

Además, los menores de 18 años «recibirán asistencia médica en las mismas condiciones que los españoles» y las embarazadas gozarán de atención en la gestación, el parto y el postparto, conforme ya recoge el artículo 12 de la Ley de Extranjería.

El posterior desarrollo reglamentario, según ha avanzado la ministra de Sanidad, Política Social e Igualad, Ana Mato, recogerá que aquellos inmigrantes en situación irregular infectados por el VIH o enfermos de cáncer, tendrán la asistencia sanitaria cubierta a través de convenios entre las comunidades autónomas y organizaciones de apoyo a esta población.

Esta medida, con la que el Ejecutivo prevé ahorrar 500 millones de euros, afectará a un mínimo de entre 120.000 y 150.000 personas en España, las que figuran empadronadas como extranjeras de países no europeos y no como titulares de un permiso de residencia, conforme resulta de cruzar el avance de resultados del Padrón Municipal difundido por el Instituto Nacional de Estadística con el Registro General de Extranjeros del Ministerio de Empleo.

MEDIDAS

El real decreto de reforma sanitaria establece un copago farmacéutico en función de la renta, de manera que los activos con una renta igual o superior a 100.000 euros deberán hacerse cargo de un 60% del precio de los medicamentos, reduciéndose al 50% si la renta se comprende entre los 18.000 y los 100.000 euros, y al 40% para las personas cuya renta sea inferior a los 18.000 euros. Las comunidades autónomas deberán adaptarse a esta medida antes del 30 de junio.

Además, los usuarios de prótesis, productos dietéticos y del transporte sanitario no urgente también deberán pagar parte del importe de estos servicios.

La reforma también establece la creación de una Plataforma de Compras Centralizada para que las comunidades compren de forma conjunta medicamentos hospitalarios y tecnología médica, como ya se hace con la vacuna de la gripe, con la que se generará un ahorro de entre 1.000 y 1.500 millones de euros.

El resto del ahorro procederá de la creación de una cartera de servicios común para todas las comunidades y la implantación de la ‘e-salud’ (700 millones de euros); mejorando la coordinación entre los servicios sanitarios y los servicios sociales (600 millones de euros); y con la elaboración de un catálogo homogéneo de categorías profesionales que facilite la movilidad entre los servicios de salud (500 millones de euros).

El Gobierno establece un nuevo sistema de revisión de precios a la baja para los fármacos financiados, junto a medidas sobre los fármacos que se den con receta y otras a favor de los medicamentos genéricos.

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